¿Qué se puede hacer en la Nueva Normalidad en Castilla-La Mancha?
Desde el 21 de Junio de 2020, tras la finalización del estado de alarma, se establecen en Castilla-La Mancha las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19 para la transición hacia la Nueva Normalidad.
Se mantienen las medidas fundamentales para la prevención de la infección del Covid-19: Distancia entre personas de 1,5 metros, uso de mascarilla obligatoria y realizar una higiene de manos correcta y frecuente.

– MOVILIDAD –
TRANSPORTE:
- En los vehículos a dos ruedas se podrán viajar hasta dos personas.
- Se podrán desplazar tantas personas como plazas tengan los vehículos.
- Se podrán utilizar la totalidad de los asientos en el transporte público y privado pero, si se puede, mantener la separación entre personas.
- Es obligatorio el uso de mascarillas durante todo el trayecto.
- Se permite la movilidad interprovincial.

– COMERCIO –
ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES:
- No habrá límite de aforo en los pequeños comercios, aunque debe estar visible.
- Se establecerá un horario de atención prioritario para mayores de 65 años, personas con discapacidad y personas cuidadoras.
CENTROS DE TRABAJO:
- Se promoverá el teletrabajo.
- Los empleados deberán contar con equipos de protección si nos puede garantizar la distancia de seguridad entre los puestos.
HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS:
- El aforo máximo de ocupación para las zonas comunes será del 75%.
- A los servicios de hostelería y restauración se les aplicará lo establecido en su apartado.
ALBERGUES TURÍSTICOS:
- No se podrá superar el 50% del aforo.
BARES Y RESTAURANTES:
- No se podrá superar el 75% de aforo para consumo en interior.
- Está permitido el consumo en barra siempre que se garantice la separación mínima de 1,5 metros
- Se podrán abrir las terrazas al aire libre con hasta el 100% del aforo autorizado, siempre que se mantenga la distancia de 1,5 metros entre mesas.
- No se permiten más de 25 comensales por mesa.
- La desinfección será continuada y recurrente.
LOCALES DE OCIO NOCTURNO:
- No se podrá superar el 75% del aforo en el interior y en sus terrazas.
DISCOTECAS:
- No podrán superar el 75% del aforo.
- Se podrán abrir las terrazas al aire libre con un 75% de capacidad, siempre que se mantenga la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Se podrán instalar mesas en los espacios destinados a pistas de baile, no pudiendo dedicarse dicho espacio a su uso habitual.
MERCADILLOS:
- No se podrá superar el 75% de los puestos habituales dando prioridad a productos de primera necesidad.
- Se limitará la afluencia de visitantes de manera que pueda mantenerse la distancia mínima de seguridad interpersonal.
- Se intentará evitar la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.
- Los ayuntamientos pueden aumentar la superficie o habilitar nuevos días para equilibrar la restricción.
CENTROS COMERCIALES:
- No se podrá superar el 75% de capacidad en las zonas comunes y recreativas.
- Los locales que estén dentro del centro no tendrán límite de aforo.
- Se desinfectarán todos los establecimientos al menos una vez al día.
- Se podrán establecer itinerarios para evitar aglomeraciones.

– DEPORTE –
ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTIVA:
- La práctica no federada al aire libre, se podrá realizar de forma individual o colectiva sin contacto físico y hasta un máximo de 25 personas.
- No se podrá compartir material ni alimentos ni bebidas entre deportistas.
CENTROS DEPORTIVOS:
- No se podrá usar más del 50% del aforo en las zonas comunes.
- Se podrá realizar actividades en grupos de hasta 25 personas si se respeta el aforo máximo delimitado a una persona por cada 4m².
- Se podrán celebrar competiciones deportivas con no más de 300 personas.
- Se podrán celebrar eventos con público sentado, con distancia interpersonal y sin superar el 75% de aforo. 300 personas en interior, 1000 en exterior.
PISCINAS DEPORTIVAS:
- Se podrán realizar actividades de hasta 25 personas por grupo.
- Limitado al 75% de aforo manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros.

– OCIO –
VERBENAS, FERIAS Y FIESTAS:
- Se aconseja no celebrar fiestas patronales hasta el 15 de julio.
ESPECTÁCULOS:
- En los recintos para espectáculos o actividades recreativas no se superará el 75% de aforo y con butacas preasignadas.
- El público deberá estar sentado con un máximo de 300 personas en lugares cerrados y de 1000 al aire libre.
- Se deberá crear franjas horarias para abandonar los espacios de forma escalonada.
MUSEOS:
- No se superará el 75% de aforo en las visitas y no podrá haber más de 25 personas por grupo.
- Las visitas deberán contar con reserva previa y se recomienda instalar recorridos para evitar aglomeraciones
- Si hubiera alguna actividad, se limitará al número de personas que puedan permanecer respetando la distancia de seguridad.
BIBLIOTECAS:
- No se podrá superar el 75% de aforo.
- Se habilitan todos sus servicios (salvo las salas para menores de 6 años), siempre respetando el 75% de aforo.
- Se podrán usar todos los medios tecnológicos.
PISCINAS:
- Estarán abiertas, incluidas las de las urbanizaciones.
- Limitado al 75% de aforo manteniendo la distancia de seguridad de 1,5 metros.
- Las piscinas de aguas naturales deberán cumplir el aforo y las medidas higiénicas generales.
ESPECTÁCULOS TAURINOS:
- Se recomienda no celebrar estos festejos hasta el 15 de julio.
- Butacas preasignadas y numeradas con un 75% de aforo máximo.
AIRE LIBRE:
- Se podrán realizar actividades de ocio y tiempo libre dirigidas a la población infantil y juvenil, respetando el 75% de aforo.
PARQUES:
- Se reanudarán las actividades infantiles como toboganes, castillos hinchables y otros juegos siempre que estén en espacios exteriores y se guarde la distancia de seguridad.

– SOCIAL –
REUNIONES:
- Se permiten reuniones en grupos de hasta 25 personas.
VELATORIOS Y ENTIERROS:
- Límite máximo de 50 personas al aire libre y 25 en espacios cerrados.
- Máximo de 50 personas en comitivas para el enterramiento o despedida para cremación de la persona fallecida.
LUGARES DE CULTO:
- Limitado al 75% de aforo máximo.
- Uso obligatorio de mascarilla a la entrada y salida.
- No se permite el uso de agua bendita.
- Se limitará al menor tiempo posible la duración de encuentros o celebraciones.
- Se evitará el contacto personal, tocar o besar objetos de devoción durante el desarrollo de las reuniones o celebraciones.
- La actuación de coros deberá situarse a más de 4 metros de los asistentes y mantener distancias de seguridad entre los integrantes.
- Se usarán alfombras individuales para la oración en el suelo. El calzado se guardará en bolsas.
BODAS:
- Celebraciones con 250 personas al aire libre y de 150 en espacios cerrados, respetando el 75% de aforo máximo.
RESIDENCIAS DE ANCIANOS:
- Permanecerán cerrados los centros de mayores y los centros de día anexos a residencias de mayores.
- Abren los centros de día no anexos con un 75% de aforo para atender a personas en situación de dependencia.

– EDUCACIÓN Y CIENCIA –
CENTROS DOCENTES:
- La Consejería competente en materia de educación deberá decidir las medidas para la vuelta a la actividad docente presencial.
ACADEMIAS Y AUTOESCUELAS:
- Podrá impartirse de modo presencial en grupos de hasta 25 personas, sin superar el 75% de aforo máximo.
- Uso obligatorio de mascarilla en el interior de los vehículos.
Para más información, puede consultar el Diario Oficial de Castilla-La Mancha donde podrá encontrar las medidas de prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 una vez superada la fase 3 del plan para la transición hacia una Nueva Normalidad.